La Secretaría Distrital de Hacienda comparte el material que encuentran en la siguiente carpeta, con el propósito de La Secretaría Distrital de Hacienda adoptó las medidas tributarias transitorias que le permiten disminuir en 50%, de manera temporal, la tasa de interés moratoria para las y los contribuyentes que tienen deudas de impuestos con Bogotá. La única condición que impone la ley 2277 de 2022 es que debe pagarse la totalidad de la deuda a más tardar el 30 de junio de 2023. Esta medida incluye todas las obligaciones vencidas antes del 13 de diciembre de 2022, de cualquiera de los impuestos distritales: Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la gasolina, Delineación urbana y los demás que recauda la ciudad.

Los contribuyentes que quieran acceder a este beneficio tributario, podrán ingresar con su clave y contraseña a la Oficina Virtual de la Entidad, en https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/login, entrar a Consultas / Obligaciones Pendientes y generar su recibo de pago del impuesto que requieran. Para el caso de ICA y ReteICA, deberán hacerlo por este enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.
