¿Sabes qué tipo de información es considerada reservada y/o clasificada?
¿Sabes qué tipo de información es considerada Clasificada?

El Artículo 18 de la Ley 1712 de 2014 establece que la información pública clasificada es aquella cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado por una entidad, de manera motivada y por escrito, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional, cuando la información solicitada tenga relación con:
1) Información que expone documentos como historias clínicas.
2) Calificaciones o Resultados académicos.
3) Las Patentes
4) Los Registros de base de datos de víctimas.
5) Certificados de prestaciones sociales
¿Sabes qué tipo de información es considerada Reservada?

El Artículo 18 de la Ley 1712 de 2014 establece que la información pública reservada es aquella cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado por una entidad, de manera motivada y por escrito, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional, cuando la información solicitada tenga relación con:
1) Defensa y Seguridad nacional
2) Relaciones Internacionales
3) Administración de la Justicia
4) Salud Pública
5) Derechos de la infancia y la adolescencia
En todo caso, la reserva de información será máximo por 15 años y podrá ser prorrogada, siempre y cuando persista el riesgo material por el cual fue objeto de reserva y por el cual no se permite su conocimiento a las personas.
Recuerde, solamente podrán negar la entrega de la información por disposiciones de la ley o de la Constitución!